El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó una serie de reformas al Código Penal local con el objetivo de fortalecer el marco legal en materia de seguridad, protección a víctimas y combate a conductas delictivas que generan violencia o vulnerabilidad.
Entre los cambios más relevantes destaca la creación del Capítulo XIII denominado “Mensajes Intimidatorios”, dentro del Título Segundo relativo a los delitos contra la paz, libertad y seguridad de las personas. Con esta modificación se incorporan los artículos 170 TER, 170 QUATER y 170 QUINQUIES, mediante los cuales se sancionará a quien elabore, difunda o exhiba mensajes que contengan amenazas directas y verificables capaces de generar temor colectivo o alterar el orden público.
Las penas establecidas van de dos a cinco años de prisión y multas de 200 a 500 Unidades de Medida y Actualización, incrementándose hasta en una mitad cuando existan agravantes como el uso de restos humanos, la afectación a servidores públicos de seguridad o justicia, o la participación de menores de edad en la comisión del delito.
De igual forma, el Congreso aprobó reformas para incorporar como circunstancia agravante la llamada sumisión química, es decir, la administración de sustancias para anular la voluntad de la víctima, aplicada en delitos como violación, abuso sexual y robo, reconociendo su uso como un medio especialmente grave de comisión del delito.
Asimismo, se estableció que el abandono de menores de edad, personas con discapacidad y adultos mayores será perseguido de oficio, sin necesidad de denuncia previa.
En otros dictámenes, se aprobaron reformas en materia de desarrollo social, economía solidaria, igualdad sustantiva y no discriminación, además de declarar imprescriptibles diversos delitos sexuales y reforzar la protección a víctimas menores de edad.
El Congreso también avaló la creación del “Día del Huapango Potosino” y la minuta federal en materia de feminicidio, mientras que en asuntos generales se abordaron temas de seguridad, tecnología y políticas públicas.