Por Pepe Alemán

Comisión legislativa aprueba reformar ley de ingresos 2026 de Villa de Pozos en materia de impacto ambiental

Mientras que por la Renovación y Vigencia de Autorización en materia de Impacto Ambiental se cobrará de 50 a 55 UMAs.

Las y los integrantes de la Comisión Segunda de Hacienda y Desarrollo Municipal del Congreso del Estado aprobó la solicitud de modificación a la Ley de Ingresos 2026 del municipio de Villa de Pozos en materia de tarifas para la expedición de Licencia Ambiental Municipal.

Durante la sesipon fue explicado que la modificación se debe a que actualmente se maneja como “Dictamen Ambiental Municipal” y ahora proponen que en una modificación a las fracciones Segunda, Tercera y Cuarta del Artículo 17 de su Ley de Ingresos y que ahora sea en varios impactos ambientales como “Poco Significativo”, “Moderado” y “Significativo”.

Proponen una adición al Artículo 48 sobre las nuevas sanciones por no tener estas licencias, donde establecen por omitir el trámite de Licencia Ambiental de 40 a 45 Unidades de Medida y Actualización (UMAs); por Incumplimiento a las condiciones de Licencia Ambiental Municipal de 50 a 55 UMAs; Por inicio de Actividades de Construcción sin la Licencia Ambiental también de 50 a 55 UMAs; y por la Poda Severa de Autorización sin Árbol de 75 a 100 UMAs.

Mientras que por la Renovación y Vigencia de Autorización en materia de Impacto Ambiental se cobrará de 50 a 55 UMAs.

La solicitud la fundamenta el municipio de Villa de Pozos en el Artículo 109 Bis de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA) donde establece como Las licencias ambientales Municipales el “Expedir licencias obligatorias para establecimientos, obras o desarrollos generadores de residuos o emisores de contaminantes, integrándolas al registro de emisiones y transferencia de contaminantes”.