Por Pepe Alemán

Podrán embargar pensiones a deudores alimentarios, perfila iniciativa a someterse al pleno

Durante la sesión quedó establecido que el Dictamen ern sun parte de abordaje de la iniciativa respecto a personas con discapacidad no requiere ser sometido a consulta ya que se trata de un derecho subjetivo sino derivado de un derecho procesal.

Las y los integrantes de la Comisión Segunda de Justicia del Congreso del Estado aprobaron dos iniciativas en un solo Dictamen con las que se amplían los derechos alimentarios de personas menores de edad con algún tipo de discapacidad y además permite embargar un porcentaje de fondos de retiro y de futuras pensiones de las personas deudoras alimentarias que pertenezcan al servicio público en el estado de San Luis Potosí.

Las iniciativas votadas a favor son de la diputada con licencia, Diana Ruelas Gaitán y de la diputada Brisseire Sánchez López y al tener ambas relación decidieron juntarlas en un solo Dictamen. En la primera, el dictamen propone ampliar los derechos alimentario respecto de las personas con algún tipo o grado de discapacidad, incluyendo también, lo necesario para lograr su rehabilitación, desarrollo e inclusión en la sociedad.

En la segunda, busca garantizar los alimentos en los casos en los que el deudor alimentario no tenga recursos económicos o bienes para garantizar dichos derechos. Ello se permite a través de dar posibilidad a que la autoridad jurisdiccional pueda ordenar el embargo del porcentaje correspondiente respecto de los fondos excedentes con motivo de la solicitud de desempleo que haya procedido, así como respecto de las pensiones devengadas o futuras en favor de los trabajadores al servicio del Estado de San Luis Potosí.

Durante la sesión quedó establecido que el Dictamen ern sun parte de abordaje de la iniciativa respecto a personas con discapacidad no requiere ser sometido a consulta ya que se trata de un derecho subjetivo sino derivado de un derecho procesal.

También durante la sesión de la Comisión Legislativa Segunda de Justicia fue aprobado el Dictamen de la iniciativa de la diputada María Dolores Robles Chairez por el que se reforma el artículo 1105 del Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí y armonizar el artículo 1105 del Código Civil del Estado de San Luis Potosí, con el artículo 164 del Código Familiar del Estado, en materia de imprescriptibilidad de la obligación de dar alimentos.