Por mayoría las y los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales y de la Comisión Primera de Justicia, fue aprobado el Dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí y de la Ley Orgánica del Poder Judicial del estado, iniciativa de la diputada María Leticia Vázquez Hernández.
En cuanto a las reformas constitucionales, al Artículo 90 se establece que cuando una persona magistrada del Supremo Tribunal de Justicia se ausente por más de un mes sin licencia, por defunción o destitución, el Órgano de Administración Judicial declarará la vacante , designará a la persona secretaria de Acuerdos para el encargo y deberá renovarse para un nuevo periodo; así mismo, en el 95 constitucional asienta que la Presidencias del Pleno será rotatoria y entre sus integrantes atendiendo el principio de paridad.
En cuanto a las reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial redefine la Junta de Coordinación como la Instancia Permanente como la instancia permanente de coordinación y comunicación institucional integrada por las presidencias de los Plenos del Supremo Tribunal de Justicia, del Tribunal de Disciplina Judicial y del Órgano de Administración Judicial; a las personas Juzgadoras Auxiliares como electas o designadas por las asambleas de las comunidades y localidades y en el caso de los pueblos originarios serán aplicables las reglas de coordinación establecidas en la Ley de Justicia Indígena y Comunitaria para el Estado de San Luis Potosí.
En la fracción VI del Artículo 13 queda establecido que es el Pleno quien tiene la atribución de elegir y tomar protesta a la persona presidenta del Supremo Tribunal de Justicia de entre las magistraturas que lo integren; a propuesta de la Presidencia será nombrada la persona titular de la Secretaría General y de la Subsecretaría del Supremo Tribunal de Justicia por un periodo de dos años prorrogables a petición del Pleno.
En el Artículo 14 queda establecido que la Presidencia del Supremo Tribunal de Justicia será de tres años sin posibilidad de reelección, cuando antes de la reforma eran cuatro años.
El único voto en contra fue el de la diputada de Morena, Jessica Gabriela López Torres quien calificó de regresiva la reforma y contradictoria a la mística de la reforma federal ya que no se democratiza el Poder Judicial del Estado, sino que centraliza sus decisiones.
Aprueban en comisiones unidas reforma a la constitución y ley orgánica del poder judicial local
En el Artículo 14 queda establecido que la Presidencia del Supremo Tribunal de Justicia será de tres años sin posibilidad de reelección, cuando antes de la reforma eran cuatro años.
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