En sesión de trabajo de la Comisión del Agua del Congreso del Estado, fue aprobado el Dictamen proveniente de la Comisión legislativa de Puntos Constitucionales donde ya fue avalado, en el que se armoniza el Artículo 4 en su Fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con el Artículo 12 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí en materia del derecho humano al agua.
Actualmente la Constitución local reconoce el derecho al acceso al vital líquido, sin embargo, prevalecen criterios restringidos, mientras el ordenamiento constitucional federal establece desde el 12 de febrero del 2012 componentes como el saneamiento de aguas para uso personal y doméstico de forma suficiente, salubre, asequible, de ahí la necesidad de la armonización, establece el Dictamen.
La pretensión de la iniciativa autoría de la diputada Nancy Jeanine García Martínez, presidenta de la Comisión legislativa del Agua, es incorporar esos componentes e hizo algunos ajustes al Dictamen emanado de la Comisión de Puntos Constitucionales.
Entre las modificaciones está el precisar que las atribuciones de la reforma que armoniza especifica como sus ámbitos de competencia exclusivamente al estado y a los 59 municipios para quedar de la siguiente manera el Artículo 12: “En la entidad federativa y en sus municipios se reconoce el derecho humano al acceso, disposición y saneamiento de agua para uso personal y doméstico de forma suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible”, es decir incorpora el nuevo elemento de Accesibilidad que no tiene la norma federal, con fundamento en sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ha establecido que los estados sí tienen la atribución de ampliar los derechos humanos, siempre y cuando no se vulnere su esencia.
El Dictamen pasará al Pleno para que en sesión ordinaria sea sometido a votación.