Por Redacción Contra Réplica

Colegiaturas y transporte escolar son deducibles de impuestos, señala SAT

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) está recordando a las personas físicas la posibilidad de deducir los gastos relacionados con colegiaturas y transporte escolar en su declaración anual de impuestos. 

 

Esta medida es aplicable cuando el uso del transporte escolar sea un requisito, y se extiende a cónyuges, concubinos, así como a familiares ascendentes o descendentes en línea directa.

 

A través de un comunicado, señalaron que, para acceder a este beneficio, es necesario contar con la factura emitida por la institución educativa, en la cual se detallen de manera desglosada los pagos correspondientes a las colegiaturas y al transporte escolar. 

 

Además, los pagos deben realizarse mediante cheque nominativo, transferencia electrónica desde una cuenta bancaria del contribuyente, o a través de tarjetas de crédito, débito o de servicios.

 

Señalaron que en el caso específico de la deducción de colegiaturas, esta se ajusta de acuerdo con el nivel educativo que se esté cursando en instituciones privadas con autorización o reconocimiento oficial. Los montos máximos anuales permitidos son los siguientes:

 

- Preescolar: 14,200 pesos

- Primaria: 12,900 pesos

- Secundaria: 19,900 pesos

- Profesional técnico: 17,100 pesos

- Bachillerato o equivalente: 24,500 pesos

 

El SAT puso a disposición de los contribuyentes diferentes canales de contacto, incluyendo el portal web del SAT, la línea telefónica MarcaSAT al número 55 627 22 728, así como el chat uno a uno.