Por Eugenia González

Pueblos originarios en SLP exigen respeto a derechos tras revocación de elección de Palmira Flores

Se anuló la Junta Directiva de la Unidad Especializada de Atención de los Pueblos y Comunidades Indígenas.

Narciso Mendoza López, representante de la comunidad indígena Mixteca, en el municipio de San Luis Potosí, informó que las mujeres indígenas de las comunidades Mazahua, Otomí, Mixteca Baja, Tener, y Náhuatl, que viven en la entidad potosina, se manifestaron a favor de la sentencia el Tribuna Electoral, en donde el 26 de marzo del presente año se revocó la elección de la señora Palmira Flores García.

“Estamos muy contentos con esta sentencia histórica, por que queda un precedente para los pueblos y comunidades indígenas, ahorita estamos representado a los pueblos Mazahua, Otomí, Mixteca Baja, Tener, y Náhuatl, todos estamos presentes y aplaudiendo. Agradecerle a tribunal electoral, que fueron hombres y mujeres valientes que se atrevieron, por que al fina de cuentas, por que al final de cuentas, lo que nos ha tocado, ha hecho muy mala experiencia, que el gobierno entre ellos se cubren y esa sentencia nos beneficia y nos da la razón de que no eran formalidades y que se tenía que cumplir con una ley”, indicó.

El representante recordó que debido a la lucha social que han tenido existe en el estado la Ley de derecho de consulta a los pueblos y comunidades indígenas, la cual tiene varios pasos que cumplir y el ente obligado no cumplió con la traducción de   su lengua materna en la convocatoria de elección de director o directora y eso motivó la revocación la elección. La señora Palmira no quiere justificar su complicidad y poner el interés personal por encima de los derechos de los indígenas.

Explicó que con esta resolución del Tribunal Electoral, queda de evidencia de que la señora Palmira no puede ser representante de los pueblos indígenas, la cual en el trienio de 2021-2024 estuvo al frente de este sector y nunca demostró capacidad de ser una digan representante.

Finalmente Mendoza López, señaló que se le invita a Palmira Flores García, acatarse a la resolución del Tribunal electoral la cual dictamina que es inválido el procedimiento realizado por el Ayuntamiento de San Luis Potosí por medio del cual se conformó la Junta Directiva de la Unidad Especializada de Atención de los Pueblos y Comunidades Indígenas, ya que no se respetó el derecho de consulta y de libre determinación y autonomía de los pueblos y comunidades indígenas. Y se ordena al Ayuntamiento de San Luis Potosí y a su presidente municipal, que consulten a los pueblos y comunidades indígenas de San Luis Potosí, para que conjuntamente, establezcan la forma en que se va a elegir a la Directora o Director de la Unidad de Asuntos Indígenas, tal y como se dijo en la sentencia del 15 de octubre de 2020.