Por Pepe Alemán

EMITE CNDH RECOMENDACIÓN AL ISSSTE POR MUERTE DE PACIENTE EN CLÍNICA DE MATEHUALA

La CNDH pide al ISSSTE reparar el daño tras la muerte de un paciente en Matehuala y capacitar al personal médico.

Por Incumplir normas hospitalarias que derivaron en la muerte de un paciente, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales (ISSSTE) que involucra a tres trabajadores de la salud de la Clínica Hospital de Matehuala, en el Altiplano potosino.

La recomendación 107/2025 establece que fueron vulnerados los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de la víctima, así como al acceso a la información en materia de salud de sus familiares.

El 4 de octubre de 2024, la víctima ingresó al servicio de Urgencias de la Clínica Hospital de Matehuala debido a una falla renal, además de contar con un diagnóstico previo de una enfermedad autoinmune. Las personas médicas tratantes no valoraron esta condición, limitándose a señalar que presentaba deshidratación, sin prescribir tratamiento adicional alguno. Esta falta de atención médica adecuada obligó a sus familiares a solicitar el alta voluntaria para trasladarle el 5 de octubre a un hospital privado, donde lamentablemente falleció al día siguiente. 

El Dictamen en Medicina realizado por la CNDH acreditó que quienes atendieron a la víctima no identificaron oportunamente el daño renal que padecía ni determinaron su causa. Tampoco le brindaron un manejo apropiado al padecimiento neurológico que presentó y no solicitaron su ingreso a la Unidad de Cuidados Intensivos para un manejo integral. Éstas y otras fallas contribuyeron al deterioro clínico y agravamiento de la víctima, lo cual derivó en su fallecimiento.

La CNDH recomienda al ISSSTE colaborar en el trámite y seguimiento de la Carpeta de Investigación iniciada por la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí contra las personas responsables de no haber dado a la víctima seguimiento clínico, diagnóstico y terapéutico requerido.

Así mismo, recomienda que proceda a la inmediata reparación integral del daño causado a siete familiares de la víctima, la cual deberá incluir la medida de recuperación y la atención psicológica y/o tanatológica que requieran. Además, deberá colaborar en el trámite y seguimiento del Expediente Administrativo iniciado ante el Órgano de Control Interno del ISSSTE e impartirá al personal de las áreas que participaron en los hechos un curso especializado en materia de derechos humanos.

El personal médico mencionado establecerá medidas que garanticen que las personas adultas mayores reciban una valoración interdisciplinaria de manera prioritaria; así como para la integración del expediente clínico y adecuada atención médica, a efecto de que los manejos médicos se apliquen conforme a la legislación nacional e internacional.