El pleno del Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley de Aguas de San Luis Potosí que impone a los municipios la responsabilidad de garantizar el tratamiento de las aguas residuales antes de su descarga en ríos, lagos y otros cuerpos receptores. La iniciativa fue presentada por el diputado Luis Fernando Gámez Macías y busca fortalecer la protección ambiental y la gestión responsable de los recursos hídricos.
Con esta reforma, se modifica el párrafo segundo del artículo 76 y se adiciona el artículo 76 Bis, estableciendo que los municipios y sus organismos operadores deberán incluir en sus programas de planeación y presupuesto los recursos necesarios para implementar acciones de tratamiento de aguas residuales. La disposición establece que estas medidas se deben integrar de manera alineada con los ciclos presupuestales y conforme a los tiempos que marca la normativa vigente.
Entre las acciones obligatorias, los municipios deberán realizar diagnósticos de las fuentes de descarga que puedan afectar cuerpos de agua, identificar las descargas sanitarias emitidas y diseñar medidas de limpieza, reconducción o tratamiento previo, conforme a las normas oficiales mexicanas. Además, se deberán establecer mecanismos de evaluación y mejora continua de los procesos.
La reforma también prevé que los directores municipales de agua potable y los directores generales de los organismos operadores presenten informes anuales ante los cabildos, juntas de gobierno, la Comisión Estatal del Agua y el Congreso del Estado, garantizando transparencia y seguimiento de los avances en el tratamiento de aguas residuales.
Asimismo, se faculta a los municipios y organismos operadores a celebrar convenios de colaboración técnica con la Comisión Estatal del Agua, la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental, instituciones académicas, organismos de la sociedad civil y entidades federales especializadas, promoviendo la cooperación para la mejora de la gestión ambiental en todo el estado.