El pleno del Congreso del Estado aprobó la tipificación de la pederastia como delito dentro del Código Penal de San Luis Potosí, mediante la adición del Capítulo IV BIS y los artículos 182 BIS y 182 TER, en el Título Tercero relativo a los delitos contra la libertad y seguridad sexual. La iniciativa fue impulsada por la diputada Leticia Vázquez Hernández, presidenta de la Comisión Primera de Justicia.
La reforma define como pederastia cualquier acto sexual ejecutado, inducido u obligado por un adulto sobre una persona menor de 18 años, aprovechando la confianza, subordinación o superioridad derivada de parentesco, tutoría, relación docente, laboral, religiosa, médica o de cualquier índole. La pena establecida va de nueve a dieciocho años de prisión, además de multas que oscilan entre 750 y 2,250 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.
Cuando la conducta implique violencia física, la sanción se incrementa en un 50 por ciento. Además, el agresor perderá cualquier derecho de patria potestad, tutela, adopción o alimentos respecto de la víctima y podrá ser sujeto a tratamiento médico integral, sin exceder la duración de la pena.
La ley también contempla sanciones adicionales cuando el delito sea cometido por un servidor público o profesional en ejercicio de sus funciones, incluyendo inhabilitación, destitución o suspensión por un período equivalente a la pena impuesta, junto con responsabilidades administrativas.
Para asegurar la recuperación de la víctima, el Ministerio Público deberá recabar dictámenes interdisciplinarios médicos, psicológicos y sociales que determinen el daño ocasionado al libre desarrollo de su personalidad. En caso de que el sentenciado no proporcione la atención necesaria, el Estado garantizará atención integral, gratuita y especializada conforme a la Ley Nacional de Ejecución Penal, la Ley General de Víctimas y estándares internacionales de protección infantil.
Con esta medida, San Luis Potosí fortalece la protección de la niñez y asegura que los responsables de pederastia enfrenten sanciones severas mientras se garantiza la atención y rehabilitación de las víctimas.