El Congreso federal dio un paso más en la cruzada contra los vapeadores al aprobar una reforma que eleva de forma significativa las sanciones penales y económicas para quienes participen en su fabricación, venta o distribución. Con una amplia mayoría en el Pleno, la decisión busca cortar de raíz la cadena comercial de estos dispositivos, cuyo consumo se expandió en los últimos años, especialmente entre adolescentes y jóvenes.
La nueva disposición establece castigos que pueden ir de uno a ocho años de prisión, además de multas que oscilan entre poco más de once mil y hasta doscientos veintiséis mil pesos, calculadas con base en la Unidad de Medida y Actualización. No sólo alcanza a vendedores y fabricantes, sino también a quienes impulsen su consumo mediante publicidad en plataformas digitales, medios impresos, radio o televisión.
Este endurecimiento legal se enlaza con el decreto publicado en enero de 2025 en el Diario Oficial de la Federación, que introdujo cambios constitucionales para reforzar la protección a la salud. A partir de ese marco, quedó prohibida la producción y comercialización de vapeadores, cigarrillos electrónicos y otras sustancias tóxicas no autorizadas, incluidas drogas sintéticas y precursores químicos.
La reforma a la Ley General de Salud define con mayor precisión estos dispositivos como sistemas capaces de vaporizar sustancias distintas al tabaco para su inhalación, y prohíbe su circulación en todo el país. Más allá de lo punitivo, el mensaje es político y social: cerrar el paso a un mercado que se instaló con fuerza en redes sociales y entornos juveniles, y reforzar la idea de que la regulación sanitaria también se defiende con instrumentos penales.