El Gobierno de Javier Milei modificó mediante decreto la Ley de Migraciones de Argentina para establecer nuevas restricciones contra extranjeros que emitan mensajes considerados de odio o inciten a la violencia contra el país o sus ciudadanos. La disposición ya está vigente, aunque deberá ser revisada por el Congreso.
La normativa contempla la posibilidad de expulsar a extranjeros y cancelar sus permisos de residencia cuando incurran en conductas como promover violencia contra argentinos por motivos relacionados con su nacionalidad. También incluye actos considerados de ultraje contra los símbolos patrios o la incitación a realizar este tipo de acciones.
El decreto introduce así nuevos criterios para determinar quiénes podrían ser sujetos de sanciones migratorias, en una medida que amplía las facultades del Estado argentino frente a determinadas expresiones o conductas de personas extranjeras.
Sin embargo, el alcance de la disposición ha generado cuestionamientos jurídicos. Lucía Galoppo, abogada del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), advirtió que el texto no define con precisión qué debe entenderse por “discurso de odio” ni establece claramente los mecanismos para identificarlo y determinar responsabilidades.
La especialista consideró que esas ambigüedades podrían dificultar la aplicación de la medida y abrir espacio a decisiones discrecionales por parte de las autoridades. El debate sobre los límites y alcances del decreto quedará ahora ligado al análisis que realice el Congreso argentino sobre su validez.