Derivado de los compromisos adquiridos por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, con base en las evidencias expuestas por especialistas respecto a la urgencia de restringir el uso de teléfonos celulares, dispositivos inteligentes y electrónicos personales durante toda la jornada escolar y el establecimiento de 16 años como edad mínima para el acceso a redes sociales digitales, la Secretaría de Educación Pública (SEP) publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo 09/09/26, el cual fue distribuido en la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Congreso del Estado.
De acuerdo con el documento de cuatro artículos, el Acuerdo tiene como objetivo garantizar los derechos de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes en la interacción, uso responsable y seguro de los dispositivos digitales personales, así como de tecnologías de aprendizaje en escuelas públicas y particulares del Sistema Educativo Nacional.
Así, en los niveles de Educación Inicial, Preescolar, Primaria y Secundaria, queda restringido durante toda la jornada escolar el uso de teléfonos celulares, dispositivos inteligentes y electrónicos personales, y únicamente se permitirán en casos de emergencias personales, necesidades pedagógicas o de salud.
En el caso de la educación Media Superior, el Acuerdo de la SEP establece que su uso será mediante un proceso de consulta, diálogo y construcción de acuerdos con la comunidad educativa mediante asambleas programadas.
Las modalidades de restricción son que teléfonos celulares, dispositivos inteligentes y electrónicos personales no podrán ser usados en clase, se mantendrán guardados o serán retirados y depositados en un espacio designado por el plantel, ya sea en la propia aula o en la Dirección, al inicio de la jornada escolar, donde permanecerán en custodia hasta finalizarla.
En cuanto al uso limitado, el Acuerdo 09/09/26 emitido por la SEP asienta que solo podrán utilizarse en momentos y áreas definidas, como el receso, y no podrán usarse en aulas ni bibliotecas ni durante actividades académicas.
Respecto al uso programado, establece que el plantel podrá determinar días específicos de la semana o del mes en los que las personas educandas podrán usarlos bajo reglas previamente definidas por la comunidad escolar y siempre que sea como herramientas tecnológicas para el aprendizaje.
Estas medidas, que entrarán en vigor a partir del 3 de noviembre de 2026, deberán ser adoptadas por todas las autoridades educativas en los estados y en la Ciudad de México, que tendrán seis meses para emitir o, en su caso, armonizar los instrumentos jurídicos que correspondan.