“La dignidad no consiste en tener honores, sino en merecerlos”. Aristóteles.
En la comunidad indígena tenek de Cebadilla, Tanlajas, SLP; la consulta indígena tomo otro camino. La asamblea general de esta comunidad como máxima autoridad se le adelantó al Congreso del Estado y el 30 de junio se explicaron los temas de la consulta por propia cuenta y se determinaron acuerdos sobre los temas de mayor interés, la asamblea definió que se levantara un acta de sus decisiones y el día del evento de consulta se les entregara a los poderes del estado.
Tal acto resulta insólito, pues en sus atribuciones y ejerciendo su autonomía y libre determinación la comunidad decidió de manera libre su postura en relación a la materia de la consulta indígena. Un Joven abogado suplente del juez auxiliar de la comunidad de Cebadilla fue quien, conjuntamente con el comisariado, el consejo de vigilancia y el juez auxiliar; presidieron la asamblea general comunitaria como máxima autoridad, la cual sesionó analizando los temas de su interés utilizando diapositivas, su conocimiento legal y de costumbre jurídica dando ejemplo a muchos.
El 16 de julio del año en curso, le entregaron a la presidenta de la comisión de asuntos indígenas el acta del día 30 de junio, dónde se describen los acuerdos de la asamblea de la comunidad. En resumen, destaca lo siguiente:
- No damos nuestro consentimiento para abrogar la ley de consulta para el estado y municipios de SLP, solo se consciente que en dicha ley se adecue a la paridad entre los géneros. No más.
- No damos nuestro consentimiento a la iniciativa de Ley electoral, al no considerar el sistema de usos y costumbres en el proceso electoral y omite la demanda indígena para transitar del sistema ordinario de elecciones al sistema de elección por usos y costumbres. Queremos que el H. Congreso legisle sobre el reconocimiento del sistema de elección por vía de usos y costumbre indígena, así como el tránsito del sistema ordinario de partidos políticos y candidaturas independientes, al sistema de elección por vía de usos y costumbre indígena en todos aquellos municipios indígenas con 51 por ciento de población indígena y en el ámbito de dos distritos electorales, el 13 y el 14.
- Exigimos al H. Congreso del Estado sea respetuoso del proceso para cambiar al sistema de usos y costumbres para la elección de nuestras autoridades municipales en los municipios de San Antonio, Tanlajas, Tancanhuitz y daremos seguimiento a la acción de inconstitucionalidad 164/2020, que se encuentra en vías de cumplimiento por el H. Congreso del Estado.
- Damos nuestro consentimiento para expedir la Ley de derechos lingüísticos.
- Damos nuestro consentimiento que plantea la iniciativa con proyecto de decreto que insta a reformar el capítulo VI de la Educación Indígena de la Ley de Educación.
- Se da consentimiento a la propuesta de reforma del artículo 66 y 68, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, para que el período de funciones del juez auxiliar sea como lo marca la costumbre, un año.
- Se da consentimiento a la iniciativa que plantea Adicionar fracción VI al artículo 70 de la Ley para el Desarrollo Económico sustentable y la competividad,
- Consentimiento condicionado a que el texto de la iniciativa no límite a la capacidad presupuestal el derecho a un intérprete o traductor de las personas indígenas a las personas que requieren servicios hospitalarios y una atención adecuada.
Observatorio Indígena Mesoamericano.