La ministra Yasmín Esquivel sostiene que la SCJN no puede analizar la constitucionalidad de la Constitución misma, argumentando que la petición es improcedente y excede las atribuciones del máximo tribunal. Por otro lado, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá propone reencauzar la solicitud mediante la fracción XVII del artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, considerando que es la vía adecuada para abordar la controversia.
González Alcántara subraya la importancia de que la SCJN vele por la autonomía e independencia del Poder Judicial, sugiriendo que la petición de los juzgadores se enmarca en la necesidad de examinar la validez de la reforma y su impacto en la división de poderes y la independencia judicial.
El debate está centrado en la posible revisión del contenido de la reforma al Poder Judicial, publicada el 15 de septiembre de 2024, y en cómo esta podría afectar principios fundamentales del Estado de Derecho. La decisión de la SCJN podría sentar un precedente significativo sobre la relación entre la Constitución y las reformas legales, así como sobre el alcance de las atribuciones del máximo tribunal.
Con información de El Heraldo.