La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad una reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, un cambio clave que otorga a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) la autoridad exclusiva para otorgar, negar, suspender o cancelar permisos y licencias de armas. Este ajuste, que modifica 57 artículos de la ley, fue respaldado por los principales partidos políticos, quienes coincidieron en que la medida fortalecerá la seguridad ciudadana y garantizará un control más eficiente de las armas en el país.
El cambio más significativo radica en el artículo 4, que anteriormente asignaba el control de las armas al Ejecutivo de la Unión por medio de las Secretarías de Gobernación y Defensa Nacional. Con la reforma, la gestión del control de armas recaerá exclusivamente en la SEDENA. Durante el debate, tanto diputados del oficialismo como de la oposición coincidieron en que esta reforma será clave para una regulación más estricta y efectiva.
La modificación fue celebrada por diputados como César Damián Retes (PAN), quien destacó la capacidad del Congreso para llegar a acuerdos en beneficio de la ciudadanía. "La política buena, la que une, la que construye, pone en el centro a las familias y no a los intereses personales", expresó. Además, se reconoció que esta reforma incorpora importantes cambios, como el reconocimiento explícito del derecho a la legítima defensa en el ámbito doméstico, y establece límites legales para la posesión responsable de armas registradas.
Un punto destacado de la reforma es que incluye la obligación de realizar campañas educativas para sensibilizar a la población sobre los riesgos asociados con el manejo de armas, municiones y explosivos, una medida que busca fortalecer la cultura de la no violencia y robustecer el tejido social.
El dictamen también establece controles más estrictos en el manejo y comercialización de armas, además de prohibir las armas creadas por impresión 3D y los aditamentos para convertir armas semiautomáticas en automáticas. Ahora, el Senado deberá revisar el dictamen antes de su promulgación.