San Luis Potosí dio un paso importante en la lucha contra la violencia de género con la aprobación, por parte del Congreso del Estado, de reformas al Código Penal para tipificar la violencia vicaria como delito. Esta decisión representa una respuesta directa a una de las formas más crueles y devastadoras de agresión contra las mujeres: hacerles daño utilizando a sus hijos e hijas como medio.
La diputada Roxanna Hernández Ramírez, quien promovió esta iniciativa, explicó que se considera violencia vicaria cuando un hombre causa daño a una mujer con la que tuvo una relación —ya sea de matrimonio, concubinato o parentesco— utilizando a los hijos en común como instrumento de agresión, generando en ellos daño físico o psicoemocional.
Con esta reforma, quienes cometan este delito enfrentarán penas de entre dos y ocho años de prisión, además de una multa que oscila entre 140 y 200 Unidades de Medida y Actualización (UMA). Las sanciones pueden aumentar hasta en una tercera parte si se comete a través de terceros.
Asimismo, el juez podrá ordenar la pérdida de la patria potestad, custodia, derechos hereditarios o pensión alimenticia del agresor. También se prevé la imposición de programas de reeducación y tratamiento psicológico.
La violencia vicaria es considerada una de las manifestaciones más graves de violencia de género. En sus formas más extremas, puede incluso llegar al asesinato de menores, convirtiendo a las hijas e hijos en víctimas directas y dejando secuelas irreparables.
Con esta reforma, se adiciona el Capítulo VIII denominado “Violencia Vicaria” al Título Sexto del Código Penal del Estado, bajo el artículo 207 Ter, consolidando un marco legal para sancionar y prevenir esta práctica, con el objetivo de proteger a mujeres y menores de esta violencia devastadora.