La elección inédita de jueces y magistrados del Poder Judicial que se realizará el próximo 1 de junio será también un día de descanso obligatorio para millones de trabajadores en México. Aunque el proceso ha sido calificado como extraordinario, expertos coinciden en que debe aplicarse lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo, la cual reconoce como feriado cualquier jornada electoral establecida por ley federal o local.
El artículo 74 de la LFT contempla que los días designados para elecciones deben considerarse de descanso para que la ciudadanía ejerza su voto sin obstáculos laborales. Aunque la norma menciona explícitamente las "elecciones ordinarias", especialistas argumentan que la intención del legislador es permitir la participación democrática en cualquier proceso electoral de relevancia nacional, como el del 1 de junio.
En caso de que un trabajador tenga que laborar durante la jornada electoral, el patrón está obligado a pagarle el triple de su salario diario, incluyendo una prima dominical si el día coincide con domingo. Este esquema busca proteger el derecho al voto y compensar a quienes presten sus servicios durante un evento cívico de tal magnitud.
Por ello, es esencial que empleadores y trabajadores conozcan sus derechos y responsabilidades antes de la jornada. Además del pago correspondiente, los patrones deben facilitar el tiempo necesario para que los empleados acudan a las urnas, independientemente de si trabajan o no ese día, garantizando así el ejercicio libre y pleno de la ciudadanía.