La Comisión Primera de Justicia del Congreso de San Luis Potosí aprobó un dictamen que adiciona un nuevo capítulo al Código Penal Estatal, con el objetivo de tipificar como delito las llamadas terapias de “reconversión” o Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y de Identidad de Género (ECOSIG). La iniciativa fue presentada por la diputada Frinné Azuara y respaldada por la presidenta de la comisión, Leticia Vázquez Hernández.
Con esta reforma se establece el delito contra la orientación sexual o la identidad de género de las personas, cuya pena va de dos a seis años de prisión, junto con multas equivalentes a mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), para quienes apliquen, impartan, financien u obliguen a alguien a someterse a este tipo de prácticas.
El dictamen contempla sanciones agravadas para casos en los que las víctimas sean menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad, así como cuando los responsables tengan relación de subordinación con la víctima, ya sea laboral, educativa, médica o doméstica. Además, si el agresor es servidor público, se le aplicará destitución e inhabilitación temporal.
La reforma también incluye una adición a la Ley de Salud del Estado, en el artículo 380 Ter, donde se estipula que los profesionales de la salud que participen en estas prácticas recibirán suspensión de uno a tres años en su ejercicio profesional, además de las sanciones previstas en el Código Penal.
“Estamos protegiendo los derechos humanos y el libre desarrollo de la personalidad, asegurando que ninguna persona sea obligada a someterse a estas terapias”, indicó Vázquez Hernández, destacando la importancia de la actualización de la legislación para sancionar estas conductas.
El dictamen aprobado será turnado al Pleno del Congreso para su discusión y eventual votación, avanzando en la protección legal de la diversidad sexual y el respeto a la identidad de género en San Luis Potosí.