Por Redacción Contra Réplica

PLANTEA DIPUTADA INCORPORAR EL DOLO AL CATÁLOGO DE DELITOS CONTEMPLADOS EN EL CÓDIGO PENAL

Proponen reformar el Código Penal para incorporar la agravante de dolo y fortalecer la claridad jurídica en la determinación de responsabilidades penales.

A la Comisión Legislativa Primera de Justicia, fue turnada para su análisis y dictaminación iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de San Luis Potosí presentada por la diputada Dulcelina Sánchez de Lira con la que pretende incorporar la agravante de Dolo en el catálogo de delitos.
La propuesta que plantea reformar el Artículo 18 del referido ordenamiento estatal tiene como objetivo de mejorar la claridad, precisión jurídica y fortalecer los principios de legalidad y seguridad jurídica.
La redacción de aprobarse en la Comisión Legiuslativa y luego por el Pleno del Congreso del Estado quedaría de la siguiente manera: “...obra dolosamente quien, con conocimiento de los elementos del tipo penal, quiere su realización, o bien, previendo como posible el resultado típico, lo acepta”.
La legisladora señaló que el estado no puede permitir la subsistencia de una redacción deficiente en materia penal respecto de un elemento tan trascendental como el dolo, debido a su incidencia directa en la determinación de la responsabilidad penal.
Además, indicó que una redacción más precisa permitirá fortalecer los procesos penales, al dotar de mayores elementos tanto a las autoridades jurisdiccionales como a las partes involucradas, favoreciendo así una correcta aplicación de la justicia. “Los ordenamientos penales que han modernizado su concepto de dolo incorporan de manera explícita los elementos de conocimiento y voluntad, lo que permite al juzgador valorar con mayor precisión el grado de reproche que merece la conducta, conforme a los principios de proporcionalidad y culpabilidad”, puntualizó.
La diputada Dulcelina Sánchez de Lira destacó que, esta iniciativa surge ante la falta de claridad en la redacción actual del Código Penal, el cual, si bien contiene una definición básica del dolo, no desarrolla de manera expresa sus modalidades ni delimita con precisión sus elementos esenciales.