Por Redacción Contra Réplica

Aprueba Congreso reforma electoral que regirá las elecciones locales en el 2027 en SLP

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Con el único voto en abstención de la morenistas Nancy Jeanine García Martínez, con 25 votos a favor de las y los legisladores de las siete fuerzas políticas representadas, el Congreso del Estado aprobó reformas, adiciones y supresiones en materia electoral por lo que ya quedará establecido el andamiaje legal y constitucional para el proceso electoral que inicia el próximo 15 de noviembre y culmina el primer domingo de julio del año que entra para renovar la Gubernatura, las 15 diputaciones de Mayoría y 12 plurinominales, así como los 59 ayuntamientos.

El Dictamen único concentró nueve iniciativas: La del Verde que impone un condición de Integridad y Confiabilidad como requisito para el registro de candidatura con exámenes de Control y Confianza, el reconocimiento cel derecho al voto de las personas sujetas a prisión preventiva que no cuenten con sentencia condenatoria firme, el fortalecimiento de la participación de las representaciones de los partidos políticos en las sesiones del Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) y la homologación del plazo para la presentación de los convenios de coalición con lo dispuesto por la Ley General de Partidos Políticos.

La del PT que homologa la duración a 45 días en las campañas electorales para Gubernatura, diputaciones y ayuntamientos. La de Morena que incrementar del tres al cuatro por ciento el porcentaje del financiamiento público destinado a la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las juventudes; un porcentaje mínimo obligatorio del dos por ciento para la capacitación, promoción y desarrollo de liderazgos políticos de pueblos y comunidades indígenas y población afromexicana; reglas obligatorias para la distribución interna del financiamiento de campaña de las candidaturas postuladas en cumplimiento de acciones afirmativas; la obligación de los partidos políticos de evitar la simulación de la auto adscripción de género dentro de sus procedimientos internos; la verificación por parte de la autoridad electoral de documentación relacionada con la identidad de género de las personas candidatas; la exigencia de documentación adicional, antigüedad mínima de un año y la presentación de una manifestación relativa a la trayectoria, experiencias y acciones desarrolladas en favor de la población de la diversidad sexual; sustituir los actuales requisitos negativos de elegibilidad mediante la incorporación de un impedimento general derivado de la existencia de sentencia condenatoria firme por la comisión de cualquier delito doloso; incorporar la obligación de presentar constancias relativas a antecedentes penales, regular la figura del gobierno de coalición en el ámbito estatal; modificar las reglas de paridad y participación política de las personas pertenecientes a la diversidad sexual, incorporar reglas relativas a la afiliación efectiva en el contexto de las coaliciones
electorales.

Por Movimiento Ciudadano,  modificar la fórmula de distribución del financiamiento público de los partidos políticos; incorporar auditorías patrimoniales y de intereses respecto de las candidaturas; incorporar la constancia de no antecedentes penales como requisito para el registro de candidaturas; crear debates temáticos permanentes fuera de los procesos electorales; establecer la gratuidad del transporte público durante la jornada electoral; modificar las reglas de sobrerrepresentación aplicables a las coaliciones; incorporar nuevas reglas relacionadas con la intervención del crimen organizado en los procesos electorales; incorporar la realización de un debate en las cabeceras municipales de los distritos electorales.

Del PRI: Eliminar la obligación a la separación del cargo para diputaciones que pretendan acceder a la elección consecutiva; establecer reglas documentales vinculadas con la identidad de género para efectos de paridad y acciones afirmativas; incorporar sistemas digitales y electrónicos para el registro de candidaturas, recepción documental, verificación de requisitos y notificaciones; modificar la duración de las campañas electorales para gubernatura, diputaciones y Ayuntamiento; eliminar la obligación de separación del cargo para integrantes de ayuntamientos que pretendan acceder a la elección consecutiva; modificar reglas relativas a la integración paritaria del Congreso del Estado y de los ayuntamientos mediante ajustes al orden de prelación de listas de representación proporcional.