Por Pepe Alemán

Sólo la Corte podrá modificar la Ley Electoral de SLP: diputado Rubén Guajardo

El Congreso defenderá ante la SCJN las reformas impugnadas para que el proceso electoral tenga reglas claras

Una vez vencido el plazo constitucional para hacer modificaciones a la Ley Electoral de San Luis Potosí, únicamente la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) podrá hacerlo mediante sus sentencias a las cuatro Acciones de Inconstitucionalidad promovidas por el Ejecutivo federal y por los partidos Morena y Somos México, precisó el presidente de la Comisión de Régimen Interno y Asuntos Electorales del Congreso del Estado, diputado Rubén Guajardo Barrera.

De acuerdo a la Ley Electoral Estatal reformada y vigente, el proceso electoral 2026-2027 comienza el 15 de noviembre de San Luis Potosí y la misma Ley marca que ya no se pueden hacer reformas tres meses previos a esa fecha, plazo que se cumplió el pasado sábado.
Sin embargo, existen cuatro Acciones de Inconstitucionalidad aglutinadas en dos expedientes pendientes de resolver por la Corte promovidas el Ejecutivo Federal, por Morena y por Somos México, ante lo cual únicamente el máximo tribunal en el país mediante sus sentencias podría modificar las reglas para las elecciones locales del año que entra en San Luis Potosí.

“En específico solamente sí tiene la facultad para que una vez, de hecho, son los únicos que pueden hacer modificaciones en materia electoral en esta etapa, pero nosotros desde el Congreso del Estado haremos la defensa porque ya también traemos un análisis de qué fue lo que en su momento combatió el Gobierno Federal, el partido Morena, así como el partido Somos México y estamos haciendo lo propio desde el Jurídico del Congreso del Estado”, expuso al respecto el legislador local potosino.

El también coordinador del Grupo Parlamentario del PAN detalló que en el caso de la impugnación respecto a que los partidos políticos deberán alternar el género de sus candidaturas a la Gubernatura, la defensa está fundada en que será aplicada esa regla hasta el 2033 y no en el próximo proceso electoral; así mismo, en la impugnación a la reforma que marca aplicar exámenes de control y confianza a las personas candidatas en el 2027, el argumento del Congreso es que no es de carácter obligatorio y por ello no viola los derechos humanos.

En torno a la impugnación por no haber aplicado consulta a personas indígenas y con discapacidad, el legislador local manifestó que el argumento de defensa contestado a la Corte es que ninguna parte de la Ley Electoral Estatal modificada trastoca los derechos de esos grupos vulnerables.

Finalmente, recalcó que como el proceso electoral local en San Luis Potosí inicia el 15 de noviembre, confió en que la SCJN resuelva ambos expedientes antes de esa fecha para poder tener reglas claras y ya definidas.