En sesión conjunta de las comisiones de Puntos Constitucionales, Primera de Justicia y Gobernación de la LXIV Legislatura, se aprobaron reformas a los artículos 57 y 80 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, con el fin de reglamentar el otorgamiento de amnistías e indultos en materia de delitos del fuero común.
El diputado Carlos Artemio Arreola Mallol, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, explicó que estas modificaciones buscan armonizar la legislación local con la Constitución Federal. En concreto, se define que la facultad para conceder amnistías recaerá en el Poder Legislativo estatal, mientras que la competencia para otorgar indultos será del Poder Ejecutivo.
Para ejercer la facultad ejecutiva en materia de indultos, el Gobernador deberá integrar una Comisión Interdisciplinaria conforme a la ley que se promulgue posteriormente, con el propósito de establecer los lineamientos y mecanismos operativos para su aplicación.
Los artículos transitorios de la reforma estipulan que el Congreso estatal tendrá un plazo de 180 días naturales para emitir la ley secundaria correspondiente, a partir de la declaratoria oficial de la reforma constitucional, conforme al artículo 138 de la Carta Magna local.
Arreola Mallol destacó que esta iniciativa representa un avance en la protección de derechos y en la generación de mecanismos claros para la aplicación de amnistías e indultos, citando el caso de Sanjuana Martínez como ejemplo de la necesidad de contar con procedimientos definidos y transparentes.
Por su parte, el diputado Héctor Serrano Cortés, presidente de la Comisión de Gobernación, informó que la reforma será incluida en un próximo periodo extraordinario para su discusión y votación en el pleno del Congreso.