Por Redacción Contra Réplica

SLP reconoce constitucionalmente el derecho a cuidar, ser cuidado y al autocuidado

La incorporación del artículo 12 Bis establece las bases para crear un Sistema Estatal de Cuidados y reconoce el valor del trabajo de quienes realizan estas labores, remuneradas o no.

San Luis Potosí dio un paso hacia el reconocimiento de los derechos de las personas cuidadoras con la incorporación del artículo 12 Bis a la Constitución Política del Estado, que establece que toda persona tiene derecho a cuidar, a ser cuidada y al autocuidado.

La reforma, promovida por los diputados Marco Antonio Gama Basarte y José Roberto García Castillo, reconoce el cuidado como un componente fundamental del bienestar y contempla tanto las actividades destinadas al sostenimiento de la vida cotidiana como aquellas relacionadas con el cuidado de integrantes de las familias y la educación de hijas e hijos.

El diputado Marco Antonio Gama destacó que la modificación constitucional representa un reconocimiento al valor social del trabajo de cuidados y busca garantizar los derechos de quienes realizan estas labores, independientemente de que sean remuneradas o no.

El nuevo marco establece que el Estado deberá garantizar el derecho al cuidado mediante la creación de un Sistema Estatal de Cuidados, sustentado en principios de igualdad, universalidad, progresividad, no regresividad y corresponsabilidad social y de género.

El sistema deberá considerar las necesidades de distintos grupos de población, con especial atención a niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad, integrantes de la comunidad LGBTQ+, personas en situación de vulnerabilidad y quienes requieran cuidados especiales, ayudas técnicas o apoyos humanos.

Entre sus objetivos se contempla ampliar y regular los servicios públicos y privados de cuidados, tanto remunerados como no remunerados, además de establecer condiciones laborales adecuadas para quienes se desempeñan profesionalmente en este sector y promover su formación, capacitación y profesionalización.

La reforma también plantea que el Sistema Estatal de Cuidados genere información actualizada y datos abiertos que permitan evaluar el impacto de las políticas públicas implementadas y definir estrategias en esta materia.

Otro de los aspectos establecidos es la corresponsabilidad entre el Gobierno estatal, los municipios y los sectores público, privado y social. Para su funcionamiento, el sistema deberá contar con financiamiento público mediante partidas presupuestarias específicas, cuyo monto deberá incrementarse de manera progresiva y anual en una proporción no menor a la inflación, sin posibilidad de reducción durante el ejercicio fiscal correspondiente.

De acuerdo con los impulsores de la reforma, el reconocimiento del derecho al cuidado parte de estándares de derechos humanos y busca superar modelos asistencialistas, al considerar que cuidar y recibir cuidados forman parte de una vida digna.

La nueva disposición también plantea una redistribución de las responsabilidades de cuidado, debido a que históricamente estas labores han recaído de manera desproporcionada en las mujeres. Con ello, se busca avanzar hacia una mayor corresponsabilidad entre familias, sociedad y Estado, así como hacia condiciones de igualdad de género.

Con la incorporación del artículo 12 Bis, San Luis Potosí establece en su Constitución las bases para construir una política estatal de cuidados que reconozca tanto a quienes necesitan apoyo como a quienes dedican tiempo y trabajo a cuidar de otras personas.