Por Redacción Contra Réplica

San Luis Potosí amplía protección del derecho a recibir alimentos durante la vida

El Congreso estatal aprobó reformas al Código Familiar para establecer que el derecho a recibir alimentos durante la minoría de edad no prescriba, además de contemplar protección permanente para personas con discapacidad total que no puedan trabajar.

El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó reformas al Código Familiar para ampliar la protección jurídica del derecho a recibir alimentos y establecer que este no prescriba cuando corresponda al periodo comprendido entre el nacimiento y el término de la minoría de edad.

La modificación fue propuesta por la diputada María Dolores Robles Chairez y busca establecer reglas específicas para personas que, debido a determinadas condiciones, requieren mantener este derecho incluso después de alcanzar la mayoría de edad.

De acuerdo con el decreto aprobado, también será imprescriptible el derecho a recibir alimentos de las personas declaradas en estado de interdicción, así como de quienes, siendo mayores de edad, hayan sido dictaminadas con una discapacidad total que les impida desempeñar por sí mismas un trabajo u oficio.

La reforma busca evitar que el hecho de alcanzar la mayoría de edad sea utilizado como argumento para cuestionar el derecho a recibir alimentos cuando existen condiciones que impiden a la persona procurarse por sí misma los recursos necesarios para su subsistencia.

El concepto de alimentos dentro de la legislación familiar no se limita a la alimentación. También comprende recursos destinados a cubrir necesidades como vivienda, vestido, atención médica y, en el caso de niñas, niños y adolescentes, educación y esparcimiento.

La modificación establece además una diferencia entre el derecho a recibir alimentos y los adeudos generados durante la vida adulta. En estos últimos casos, los alimentos que hayan sido generados y no cubiertos prescribirán a los cuatro años, contados a partir del momento en que concluya la obligación alimentaria.

La medida se suma a modificaciones previas realizadas en San Luis Potosí para permitir que personas mayores de edad reclamen de manera retroactiva alimentos que no recibieron durante su minoría de edad. El Congreso estatal había incorporado esta posibilidad al Código Familiar en 2025.

Con la nueva reforma, el Poder Legislativo busca ampliar la protección de personas que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad y fortalecer las disposiciones relacionadas con las obligaciones alimentarias dentro del ámbito familiar.

El decreto forma parte de una serie de reformas que el Congreso potosino ha impulsado en materia de derechos alimentarios, incluyendo medidas relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones de quienes deben proporcionar alimentos.